La enfermedad celíaca es una intolerancia permanente al gluten (proteína presente en algunos cereales como trigo, avena, cebada y centeno) que produce, en los individuos predispuestos genéticamente, una lesión grave en la mucosa del intestino delgado, provocando una atrofia de las vellosidades intestinales, lo que determina una inadecuada absorción de los nutrientes de los alimentos.
El tratamiento para esta enfermedad gravita en seguir una dieta estricta, sin gluten de por vida, que conlleva a la normalización clínica y funcional de la mucosa intestinal, así como la reparación de la lesión vellositaria.
Durante el transcurso del año 2009 la Diputada Silvia A. Petitti ha presentado una serie de proyectos orientados al estudio, la prevención, el tratamiento y las investigaciones relacionadas con la enfermedad celíaca. Así fue que propuso, por ejemplo, incorporar a la provincia de La Pampa el análisis de sangre que se realiza durante el control prenupcial con el fin de poder detectar esta patología.
Por otro lado, también solicitó al Poder Ejecutivo Provincial que disponga la incorporación en el Examen de Salud Escolar de la Provincia un análisis de sangre que diagnostique la enfermedad celíaca. Cabe mencionar que de los 400 mil celiacos que hay en el país, solo 25 mil son conscientes de su enfermedad.
También propuso la creación del Centro de Ayuda al Celíaco, dentro de la jurisdicción del Ministerio de Bienestar Social, lo cual sería de fundamental importancia para acceder a la detección de la enfermedad, obtener datos para elaborar registros estadísticos, posibilitar un registro de productos alimenticios y facilitar la capacitación de profesionales médicos.
Las características propias de la enfermedad condicionan la calidad de vida de las personas afectadas y de sus familias, razón por la cual la detección temprana y el tratamiento oportuno son fundamentales para evitar complicaciones secundarias de esta patología, para la cual no existe terapia farmacológica. El diagnóstico temprano de la enfermedad y su correspondiente tratamiento, además de corregir y/o evitar trastornos metabólicos y nutricionales y de mejorar la calidad de vida, evitaría la exposición al gluten.
El celíaco está obligado a realizar una dieta bastante más costosa que las corrientes, debiendo adquirir para su consumo alimentos elaborados acorde a su dolencia que por lo general duplican y hasta triplican su costo en relación a los productos de la canasta básica.
Es por esto que, ya en 2010, un nuevo proyecto ha sido presentado por la Diputada, buscando en esta ocasión incorporar dentro de las acciones de apoyo alimentario llevadas a cabo por el gobierno provincial, una opción libre de gluten para personas celíacas; de lo contrario, de forma omisiva estaría discriminándolos y no fomentando “la igualdad en igualdad de condiciones”.
Por otro lado, también presentó un Proyecto de Resolución que busca establecer como “Semana Provincial del Celíaco” a aquella que coincida con el día 5 de Mayo, declarado “Día Internacional del Celíaco”. A través de ello se busca realizar campañas públicas de información sobre la enfermedad y sobre su tratamiento integral, lo que de hecho implica directamente la difusión social de la patología con el fin de generar conciencia e informar sobre las consecuencias que la misma provoca.
Es así que estamos trabajando dentro del Bloque Radical Independiente con el objetivo de proteger la salud de los habitantes de nuestra provincia, y es por ello que esperamos contar con su apoyo una vez más.
Bienvenido a este nuevo espacio creado para dar a conocer el trabajo realizado por el bloque en el desempeño de la labor legislativa a través de la Diputada Silvia A. Petitti. En este blog tendrá un resumen de los proyectos presentados por el BRI durante el año en la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, y además podrá realizar cualquier sugerencia respecto de los temas tratados o de cualquier otro que considere debe ser tratado por el Poder Legislativo.
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NUEVA LEY DE AGUA POTABLE
La Diputada Silvia A. Petitti ha presentado este año 2010 un Proyecto de Ley que pretende establecer un nuevo marco regulatorio para el servicio de agua potable en nuestra provincia.
La iniciativa surge de la necesidad primordial de garantizar el derecho a la salud de los habitantes, derecho consagrado en el artículo 6 de la Constitución Provincial. Por ello ha presentado este nuevo proyecto, que adhiere al Código Alimentario Argentino y garantiza el acceso a agua de calidad para consumo humano al conjunto de la población.
De esta manera pretende establecer un sistema normativo que garantice una prestación de calidad, de eficiencia y a un precio justo y razonable del servicio público regulado.
Ello implica, entre otras cosas:
• Promover el adecuado mantenimiento de las instalaciones y la optimización y abaratamiento de los servicios.
• Regular la acción y atribuciones de los prestadores, proteger adecuadamente los derechos y atribuciones de los titulares y usuarios del servicio y controlar el cumplimiento de las obligaciones de estos intervinientes
• Proteger la salud pública, los recursos hídricos, el medio ambiente y la utilización racional de los recursos naturales involucrados.
A su vez, una nueva Ley, devolvería a los consumidores la confianza hacia el servicio público de agua potable ya que, como se puede observar, existe una tendencia creciente hacia la compra de agua embotellada o en bidones, debido al desconocimiento y la desconfianza sobre la calidad del agua que el servicio público ofrece.
La Ley vigente sobre el “Régimen de Conservación y Uso de Agua Potable” ha quedado desactualizada en los parámetros técnicos y descontextualizada en el derecho público, ya que solo basta con observar que dicha norma considera agua potable a aquella cuya concentración de arsénico es de hasta 1800% superior a lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud y el Código Alimentario Argentino. Lo mismo ocurre con el flúor, donde los valores aceptados por la actual Ley se encuentran por encima de los contemplados por las mismas organizaciones.
Por ejemplo, altas concentraciones de arsénico en el agua bebida durante el periodo de embarazo, pueden producir abortos espontáneos, defectos congénitos en el feto, y hasta la aparición de cáncer en los futuros bebés.
Hay evidencias que aseguran que si la madre ha estado expuesta a arsénico por un periodo prolongado y presenta concentraciones elevadas de éste en su cuerpo, puede transferirlo al feto a través de la placenta y al bebé mediante la leche materna. Esto puede provocar el nacimiento con bajo peso, reducir el cociente intelectual en niños y aumentar la tasa de mortalidad en adultos jóvenes.
En adultos, la ingesta prolongada y concentrada de arsénico puede aumentar el riesgo de contraer cáncer en la piel, hígado, vejiga y pulmones. También puede producir oscurecimiento de la piel y la aparición de pequeños callos o verrugas en la palma de las manos, planta de los pies y torso.
En el caso del flúor, está bien documentado su papel en la prevención de caries en los dientes, sin embargo la ingestión excesiva durante el embarazo y la dentición puede producir efectos nocivos como la fluorosis, afección que ocasiona cambios estructurales en el esmalte dental.
Para los niños menores a un año, no debe haber nitratos en el agua que consumen, ya que este les ocasiona anemia, por lo tanto, la sangre no puede transportar suficiente oxígeno para que las células del cuerpo actúen y crezcan bien.
Teniendo esto presente, la Diputada también ha presentado un Proyecto de Resolución vinculado al tema, a través del cual se insta a los Municipios y/o Comisiones de Fomento de la Provincia que no posean el servicio de red de agua potable o que, en su defecto, no llegue a cubrir el saneamiento total de la localidad, a acercar semanalmente bidones con agua a aquellas viviendas donde habiten mujeres embarazadas, niños de hasta 2 años y ancianos mayores de 70 años de edad.
Es por todo esto que dentro del Bloque Radical Independiente estamos trabajando para cuidar la salud de todos los pampeanos, y es ahora donde necesitamos su apoyo para que esta iniciativa se convierta en una realidad.
NUEVA LEY DE POLICIA
El día miércoles 10 de Febrero de 2010 la Diputada Silvia A. Petitti ha presentado un nuevo Proyecto de Ley con el cual pretende establecer una nueva estructura orgánica para la Policía de la Provincia de La Pampa, que actualmente se rige bajo los lineamientos de la Norma Jurídica de Facto N° 1064/81, la cual quedaría derogada en caso de aprobarse la iniciativa.
Entendemos que la tarea de la institución policial, depositaria de la fuerza pública, tiene como objeto la protección de los derechos de los habitantes de la Provincia, con una actuación preventiva, disuasiva o, en última instancia, el uso regulado y racional de la fuerza pública.
El dinamismo de los cambios sociales y el comportamiento de las instituciones de servicio cuya pretensión es ser parte activa de ellos, deben adquirir formas estructurales que posibiliten atender sus demandas, sin abandonar ejes fundamentales que privilegien su existencia, para el caso de la Policía, que se corresponde con la protección ciudadana, el de la prevención.
Es por esto que creemos necesario adoptar la nueva organización y ejecutar el planeamiento pertinente a fin de poder lograr los mejores niveles de capacidad, aptitud y eficiencia de los objetivos que la fuerza tiene, a través de un nuevo cuadro de organización conforme a las necesidades de un funcionamiento dinámico caracterizado por la armonización de esfuerzos, eficiente control de gestión y la potenciación de la función de seguridad desde una estructura que permita la rápida detección de necesidades y capacidad de resolución.
El proyecto también pretende reasignar las funciones del Subjefe de Policía que preside la plana mayor policial, dependiendo de la misma las direcciones de: seguridad, recursos humanos, finanzas y ayudantía. Otro aspecto saliente es la propuesta de que el personal que presta el Servicio de Policía Adicional perciba el total de lo ingresado por el servicio prestado (Actualmente, un 10 % queda en poder de la caja policial).
Habiendo sido sancionado el nuevo Código Procesal Penal que ha de entrar en vigencia en el mes de Septiembre de 2010 y cuya implementación requiere la capacitación previa de todos los actores -incluso la Policía- el proyecto faculta al Poder Ejecutivo a disponer la creación de los organismos que permitan el mejor cumplimiento de esta Ley.
De igual forma, sería el Poder Ejecutivo quien propondría, en la oportunidad correspondiente, las modificaciones legislativas que resulten necesarias para adecuar sus disposiciones al referido Código Procesal y las normas que en su consecuencia se dicten.
En definitiva, proponemos constituir orgánicamente una policía moderna, desburocratizada, acorde con los tiempos, con los procesos judiciales y con mecanismos idóneos para el control de su propia gestión.
Porque una nueva Ley de Organización de la Policía de la Provincia haría posible su correcto funcionamiento acorde a los nuevos requerimientos institucionales de justicia y seguridad bajo los cuales se ha enrolado La Pampa.
Entendemos que la tarea de la institución policial, depositaria de la fuerza pública, tiene como objeto la protección de los derechos de los habitantes de la Provincia, con una actuación preventiva, disuasiva o, en última instancia, el uso regulado y racional de la fuerza pública.
El dinamismo de los cambios sociales y el comportamiento de las instituciones de servicio cuya pretensión es ser parte activa de ellos, deben adquirir formas estructurales que posibiliten atender sus demandas, sin abandonar ejes fundamentales que privilegien su existencia, para el caso de la Policía, que se corresponde con la protección ciudadana, el de la prevención.
Es por esto que creemos necesario adoptar la nueva organización y ejecutar el planeamiento pertinente a fin de poder lograr los mejores niveles de capacidad, aptitud y eficiencia de los objetivos que la fuerza tiene, a través de un nuevo cuadro de organización conforme a las necesidades de un funcionamiento dinámico caracterizado por la armonización de esfuerzos, eficiente control de gestión y la potenciación de la función de seguridad desde una estructura que permita la rápida detección de necesidades y capacidad de resolución.
El proyecto también pretende reasignar las funciones del Subjefe de Policía que preside la plana mayor policial, dependiendo de la misma las direcciones de: seguridad, recursos humanos, finanzas y ayudantía. Otro aspecto saliente es la propuesta de que el personal que presta el Servicio de Policía Adicional perciba el total de lo ingresado por el servicio prestado (Actualmente, un 10 % queda en poder de la caja policial).
Habiendo sido sancionado el nuevo Código Procesal Penal que ha de entrar en vigencia en el mes de Septiembre de 2010 y cuya implementación requiere la capacitación previa de todos los actores -incluso la Policía- el proyecto faculta al Poder Ejecutivo a disponer la creación de los organismos que permitan el mejor cumplimiento de esta Ley.
De igual forma, sería el Poder Ejecutivo quien propondría, en la oportunidad correspondiente, las modificaciones legislativas que resulten necesarias para adecuar sus disposiciones al referido Código Procesal y las normas que en su consecuencia se dicten.
En definitiva, proponemos constituir orgánicamente una policía moderna, desburocratizada, acorde con los tiempos, con los procesos judiciales y con mecanismos idóneos para el control de su propia gestión.
Porque una nueva Ley de Organización de la Policía de la Provincia haría posible su correcto funcionamiento acorde a los nuevos requerimientos institucionales de justicia y seguridad bajo los cuales se ha enrolado La Pampa.
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