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Adhesión a la Ley Nacional de Celiaquía


Dando continuidad a los proyectos presentados durante estos dos años, la Diputada Silvia A. Petitti presentó un nuevo proyecto de Ley, a través del cual pretende que la Provincia de La Pampa adhiera a la Ley Nacional N° 26.588, la cual declara de Interés Nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca.
Si bien es el Ministerio de Salud de La Nación la autoridad de aplicación de la Ley Nacional N° 26.588, el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Provincial deberá ser quien arbitre las medidas necesarias para hacer operativa la misma en el ámbito de nuestra provincia.
La enfermedad celíaca es una intolerancia permanente al gluten (proteína presente en algunos cereales como trigo, avena, cebada y centeno) que produce, en los individuos predispuestos genéticamente, una lesión grave en la mucosa del intestino delgado, provocando una atrofia de las vellosidades intestinales, lo que determina una inadecuada absorción de los nutrientes de los alimentos.
El tratamiento para esta enfermedad gravita en seguir una dieta estricta, sin gluten de por vida, que conlleva a la normalización clínica y funcional de la mucosa intestinal, así como la reparación de la lesión vellositaria.
El celíaco está obligado, entonces, a realizar una dieta bastante más costosa que las corrientes porque debe evitar, justamente, aquellos productos que son más económicos, debiendo adquirir para su consumo alimentos elaborados acorde a su dolencia que por lo general duplican y hasta triplican su costo en relación a los productos de la canasta básica; ya que, la ingesta de pequeñas cantidades de gluten de manera continuada, podría causarle trastornos importantes y nada deseables.
Entre otras cosas, la Ley Nacional establece que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de esta, incluso las harinas y premezclas libres de gluten.
A su vez, la Cámara entendió que el hecho de que la ley aún no hubiera sido reglamentada, lo que efectivamente la vuelve operativa, no es un obstáculo para su aplicación al caso.
Por último, debemos resaltar que las características propias de la enfermedad condicionan la calidad de vida de las personas afectadas y sus familias, razón por la cual el tratamiento oportuno es fundamental para evitar complicaciones secundarias de esta patología, para lo cual no existe terapia farmacológica.
Es así que estamos trabajando dentro del Bloque Radical Independiente con el objetivo de proteger la salud de los habitantes de nuestra provincia, y es por ello que esperamos contar con su apoyo una vez más.
Sin más, agradecemos su atención y ante cualquier duda o sugerencia no dude en escribirnos a bloqueradicalindependiente@gmail.com.